A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Lina Marcela Escobar Martínez
✓Claimant Ana·Respondent Administradora De Fondos De Pensiones Y Cesantias Proteccion S.A
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 67 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá y el Juzgado 1 Civil Municipal de Ubaté, Cundinamarca.
La controversia entre los precitados despachos tuvo se originó en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Se dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado 1 Civil Municipal de Ubaté para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Se advirtió a la precitada autoridad que, cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto por las autoridades establecidas en la Ley 270 de 1996 y en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 22 de agosto de 2025, proferido por el Juzgado 001 Civil Municipal de Ubaté, Cundinamarca, dentro del trámite de tutela promovido por Ana, en calidad de guardadora y representante legal de su nieto Esteban, contra la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5131 al Juzgado 001 Civil Municipal de Ubaté, Cundinamarca, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 001 Civil Municipal de Ubaté, Cundinamarca, que cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto por las autoridades establecidas en la Ley 270 de 1996 y en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICARLE la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado 067 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.